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SALARIO VACACÍONAL,SEGURO DE DESEMPLEO

SALARIO VACACÍONAL,SEGURO DE DESEMPLEO

¿Cómo se calcula el salario vacacional y cuándo se paga?
El salario vacacional se abona al salir de licencia, y es el 100% del jornal líquido de vacaciones.
Si es mensual y sale 10 días, a ese sueldo mensual se le hacen los descuentos se divide entre 30 y lo que da se multiplica por 10.
Si es un trabajador jornalero, el salario vacacional será el resultante de multiplicar el jornal líquido por los días de licencia.                                                                                                                                                                                               El período de Seguro de Desempleo, ¿puede ser prorrogado?
La ley 18399 que entró en vigencia el 1º de febrero de 2009 establece en su artículo 6.2 :” En los casos de subsidio por causal despido, facúltase al Poder Ejecutivo a extender en los términos previstos  en los literales A y B del artículo 6.1, a un máximo de ocho meses o de noventa jornales, respectivamente, para la eventualidad que se registre  una caída del Producto Bruto Interno desestacionalizado durante dos trimestres consecutivos...”

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