SALARIO VACACÍONAL,SEGURO DE DESEMPLEO
¿Cómo
se calcula el salario vacacional y cuándo se paga?
El salario vacacional
se abona al salir de licencia, y es el 100% del jornal líquido de vacaciones.
Si es mensual y sale 10 días, a ese sueldo mensual se le hacen los descuentos se divide entre 30 y lo que da se multiplica por 10.
Si es un trabajador jornalero, el salario vacacional será el resultante de multiplicar el jornal líquido por los días de licencia. El período de Seguro de Desempleo, ¿puede ser prorrogado?
Si es mensual y sale 10 días, a ese sueldo mensual se le hacen los descuentos se divide entre 30 y lo que da se multiplica por 10.
Si es un trabajador jornalero, el salario vacacional será el resultante de multiplicar el jornal líquido por los días de licencia. El período de Seguro de Desempleo, ¿puede ser prorrogado?
La ley 18399 que entró
en vigencia el 1º de febrero de 2009 establece en su artículo 6.2 :” En los
casos de subsidio por causal despido, facúltase al Poder Ejecutivo a extender
en los términos previstos en los literales A y B del artículo 6.1, a un
máximo de ocho meses o de noventa jornales, respectivamente, para la
eventualidad que se registre una caída del Producto Bruto Interno
desestacionalizado durante dos trimestres consecutivos...”
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